| Término | Definición |
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| Clasificación por fuente de financiamiento | Consiste en clasificar el presupuesto de acuerdo a su origen: recursos propios, transferencias federales o estatales, etc. |
| Clasificación funcional | Con esta clasificación se puede agrupar el presupuesto considerando los objetivos o propósitos que se persiguen con su aplicación. Para esta identificación existe un catálogo con niveles: Nivel 1. Finalidad, Nivel 2. Función y Nivel 3. Subfunción. Por ejemplo, existe la finalidad Gobierno, la función Legislación y la subfunción Fiscalización. Dentro del catálogo mencionado existen otras finalidades como Desarrollo Social o Desarrollo Económico y éstas, a su vez, se dividen en otras funciones y subfunciones. |
| Clasificación por objeto del gasto | Mediante el uso de capítulos, conceptos y partidas, establecidos en un catálogo, se identifica en qué se aplica el presupuesto. Por ejemplo, el Capítulo 1000 es el que corresponde a Servicios Personales, éste se divide en niveles (conceptos) como el 1100 Remuneraciones al personal de carácter permanente, el cual, a su vez se subdivide en más niveles (partidas) como la 1103 Sueldos base. Existen más capítulos que se dividen en conceptos y partidas: 2000 Materiales y suministros, 3000 Servicios generales, 4000 Subsidios y transferencias, entre otros. |
| Clasificación administrativa | A través de ésta, se identifica el monto de recursos del presupuesto del Estado que administran y ejercen los entes públicos del Gobierno del Estado de México. |
| Explorador Presupuestario | A través de este visualizador es posible llevar a cabo diversas acciones, tales como:
● Consultar la información presupuestaria considerando distintas clasificaciones del gasto y momentos contables. ● Analizar información histórica sobre el gasto. ● Navegar por la información, a través de los diversos niveles de cada clasificador del gasto, utilizando herramientas que permiten visualizar de forma proporcional el gasto por cada uno de sus elementos. ● Visualizar la información de las consultas a través de distintos tipos de gráfica: de pastel, de donas, de barras horizontales y verticales y de espiral. ● Descargar información presupuestaria en formato abierto. |
| Fondos de Aportaciones | Ingresos que reciben las Entidades Federativas y Municipios previstos en la Ley de Coordinación Fiscal, cuyo gasto está condicionado a la consecución y cumplimiento de objetivos específicos, a través de los siguientes ocho fondos: 1) Fondo de Aportaciones para la Nómina Educativa y Gasto Operativo (FONE), 2) Fondo de Aportaciones para los Servicios de Salud (FASSA), 3)Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social (FAIS), 4) Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal (FORTAMUN-DF), 5) Fondo de Aportaciones Múltiples (FAM), 6) Fondo de Aportaciones para la Educación Tecnológica y de Adultos (FAETA), 7) Fondo de Aportaciones para la Seguridad Pública de los Estados y del Distrito Federal (FASP), y 8) Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de las Entidades Federativas (FAFEF). |
| Ley de Coordinación Fiscal | Ley que tiene por objeto coordinar el sistema fiscal de la Federación con las entidades federativas, así como con los municipios y demarcaciones territoriales, para establecer la participación que corresponda a sus haciendas públicas en los ingresos federales; distribuir entre ellos dichas participaciones; fijar reglas de colaboración administrativa entre las diversas autoridades fiscales; constituir los organismos en materia de coordinación fiscal y dar las bases de su organización y funcionamiento. |
| Participaciones Federales | Ingresos que, conforme a la Ley de Coordinación Fiscal, reciben las Entidades Federativas y Municipios y que no tienen un destino específico de gasto. |